Cómo cumplir la novedosa normativa francesa de señalización de los puntos ciegos

Desde el 1 de enero, los transportes con una MMA mayor a 3,5 toneladas que circulen por las rutas francesas están obligados a portar un letrero de señalización de los puntos ciegos. La medida se tiene dentro en el Código de Circulación, y fue aprobada con la Ley 2019-1428 de 24 de diciembre de 2019, sobre la orientación de las movilidades.

Con esta reforma, el gobierno francés espera hacer mejor la seguridad de los individuos más atacables de la vía pública, que comunmente no son conscientes de la presencia de zonas sin visibilidad en los transportes voluminosos, cosa que termina desembocando en accidentes evitables.

Ahora, te enseñamos los datos de la normativa.

¿Qué transportes tienen que integrar la señalización?

Los que tengan una MMA mayor a 3,5 toneladas, excepto:

  • Vehículos agrícolas y forestales.
  • Equipos de servicio de invierno.
  • Vehículos de participación de los servicios que gestionan las autopistas o autovías.
  • Vehículos de motor o remolcados cuya composición no permita la colocación de los elementos de señalización en alguno de las formas previstas.

¿De qué forma se puede fijar la señalización?

  • Mediante pegado.
  • Mediante remache.
  • Utilizando algún otro sistema sujetador.
  • Pintándola en la carrocería.

¿La obligación perjudica a los transportes extranjeros?

Sí, aunque si ya tienen un gadget semejante, tanto en los laterales del transporte como en la parte de atrás, homologado por otro Estado integrante de la Unión Europea, no tendrán adoptar ninguna medida agregada.

¿Qué pasa si la señalización no se ajusta al modelo homologado por el gobierno francés?

Si la señalización está colocada tanto en los laterales como en la parte posterior del transporte, antes del 31 de marzo de 2021, se considerará correcta en el transcurso de un tiempo de 12 meses desde la publicación de la orden en el reporte oficial.

¿Dónde debe colocarse la señalización?

En los dos laterales y en la parte posterior del transporte, de manera que sean visibles en algún situación, sin entorpecer en las otras placas e inscripciones reglamentarias, ni en las luces y gadgets de señalización, y sin hacer más difícil el campo de perspectiva del conductor.

¿En qué lugar preciso tienen que colocarse los avisos?

Tenemos distintas imágenes que ilustran de forma simple la posición que tienen que ocupar los avisos en cada supuesto.

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  • Camión: en la parte posterior, se ha de ubicar a la derecha, a una distancia de entre 0,9 y 1,5 metros del suelo; y en cada del costado, a la misma distancia del suelo, dentro del primer metro desde la parte de adelante, sin ocupar superficies acristaladas.

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  • Tractora: la señalización debe ocupar, en la parte posterior, una posición coincidente con las propiedads técnicas del vehículo; y a cada lado, las informaciónes son las mismas que para los camiones.

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  • Vehículos con remolque: en el remolque, la marca hay que situar de la misma forma que en el camión, sabiendo que, en los laterales, ha de estar dentro del primer metro de la parte frontal de la carrocería. En los semirremolques, el primer metro se mide desde el plato de enganche.

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¿Cuáles son las excepciones a las informaciónes de posición?

Requisitos de altura:

  • Cuando, por causas técnicas, la placa no se logre ubicar a una altura de entre 0,9 y 1,5 metros del suelo, tendrá que hacerse a la más cercana viable del intervalo especificado, sin sobrepasar los 2,1 metros.

Requisitos de posicionamiento lateral:

  • Los transportes con sistemas de perspectiva directa en la parte de abajo de las puertas o con puertas acristaladas tendrán ubicar las advertencias acatando lo más alto viable las informaciónes de distancia, sin sobrepasar los 3 metros desde la parte de adelante, salvo que la composición del transporte no permita colocarlas sin tapar parte del acristalamiento.
  • Los criterios de colocación de las advertencias laterales no se van a aplicar a los transportes remolcados para los que sea practicamente irrealizable. En estas situaciones, las colocarán en una posición coincidente con sus propiedades técnicas.

Requisitos de posicionamiento trasero:

  • Los criterios de colocación de la marca posterior no se aplican a los transportes para los que permanezca imposibilidad técnica. En estas situaciones, la tienen que ubicar en una posición coincidente con sus propiedades.
  • Algunos ejemplos de estos transportes son: portacontenedores, porta transportes, tractores para semirremolques, transportes cisterna, transportes de interfaz, Dolly.

¿Qué pasa con los transportes equipados con lonas deslizantes para la carga del costado?

Se sugiere fijar la señalización por medio de pintura.

¿Los transportes con interfaz están exentos de ubicar las marcas?

No. Aunque practicamente no se logren ubicar dentro de las informaciónes de distancia establecidas por la normativa, tienen que llevarlo a cabo en una posición coincidente con sus características; entre otras cosas, usando un sustento desmontable o fijo.

¿Dónde tienen que ubicar la señalización los transportes de Ampliroll?

En el transporte, no en la carrocería.

¿Y los transportes contenedores?

En el transporte, no en el contenedor.

¿Dónde la tienen que llevar los transportes que llevan coches?

En una posición coincidente con sus propiedades técnicas.

¿Y los transportes de transporte de madera?

Están exentos de la colocación de las advertencias, ya que están entre los transportes para los que hay una imposibilidad estructural.

En DASICARAVAN somos conscientes de la necesidad de varios de nuestros usuarios de realizar la novedosa normativa, por eso tenemos adhesivos de señalización según la normativa francesa, homologados, por consiguiente, para la circulación por los ámbitos urbanos. Solo debes hacer click en la siguiente imagen:

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